Paute Aqui

 

Centro Electronico de Negocios
Catalogos Home Registrese Gratis Escribanos Inteligencia de Mercados AFILIESE
Domingo, 6 de Julio de 2008
B2B

'Tratado Internet', vale en Colombia

La Corte Constitucional dio vía libre al Tratado internacional OMPI de reproducción de fonogramas en Internet. Se espera decisión sobre el Tratado de protección de derechos de autor en la red.
El primero de los dos tratados OMPI (Organización Mundial de Propiedad Intelectual) suscritos por Colombia, que protegen los derechos de autor y de propiedad intelectual de obras artísticas en Internet, pasó su prueba de fuego ante la Corte Constitucional.
El Tribunal declaró que el contenido del 'Tratado sobre la interpretación y ejecución de fonogramas' (Wppt) es exequible -es decir, se ajusta a la Constitución- y por lo tanto es aplicable a la legislación colombiana.
El otro tratado de la OMPI, sobre 'Derechos de Autor' (WCT), aun está en estudio por los Magistrados de la Corte.
Estos tratados OMPI, también conocidos como 'tratados Internet', establecen la normatividad básica y actualizada para proteger este tipo de derechos frente a las nuevas tecnologías digitales de la información.
Y aunque el convenio internacional recientemente avalado por la Corte aun no está vigente, pues todavía falta que el Gobierno haga el depósito de los instrumentos de ratificación (ver recuadro), la decisión del Tribunal se constituye como un fuerte espaldarazo a la lucha contra la violación de la propiedad intelectual en Internet.
La misma Corte en sus consideraciones establece que el tratado busca ampliar la protección de los derechos de propiedad intelectual adecuados a las necesidades impuestas por el desarrollo de la tecnología digital como forma de transmisión, reproducción y ejecución de obras sonoras.
Este concepto lo refuerza el procurador general de la Nación, Jaime Bernal Cuéllar. Según él, el convenio "tiene como objeto actualizar las herramientas jurídicas de protección a los artistas, intérpretes y productores de fonogramas al surgimiento de recientes tecnologías".
En términos generales, con la decisión de la Corte Constitucional, nadie en Colombia sin permiso del compositor, intérprete o productor puede tomar una grabación musical y ponerla en Internet a disposición del público, dice Juan Carlos Monroy, director encargado de la Dirección Nacional de Derechos de Autor.

Los acuerdos internacionales suscritos en los dos convenios OMPI obligan a los Estados miembros a incluir en sus correspondientes legislaciones las herramientas pertinentes para proteger las obras artísticas que se transmiten y se almacenan en Internet o en cualquier otro medio digital.
Así pues, la divulgación de esta clase de obras a través de la red mundial comienza a considerarse como una publicación.
En este orden de ideas, su reproducción o almacenamiento en la memoria de un servidor quedan sujetos a la legislación de propiedad intelectual y derechos de autor.
Estos tratados son definitivos y la decisión de la Corte hace que estas normas internacionales sean perfectamente aplicables en Colombia Por eso, aquella persona que tome una obra y la ponga en la red a disposición del público en general tiene que solicitar la correspondiente autorizació. De esta manera el país da un paso más en la materia frente a los compromisos adquiridos con la comunidad internacional. Ahora, Colombia debe adaptar a su legislación los principios del Tratado, aunque los derechos de autor y de propiedad intelectual han estado protegidos desde la convención de Viena , los tratados de la OMPI dan más claridad y mayor puntualidad en el tema.

Paso a paso
Para que los tratados internacionales suscritos por Colombia, como los de la OMPI, sean aplicables en el país deben cumplir con una serie de pasos: Primero, Colombia debe aceptar el tratado y firmar su adhesión ante el organismo internacional correspondiente. Después, el texto del convenio debe ser aprobado por el Congreso mediante una Ley de la República. Posteriormente, esta Ley pasa a estudio de la Corte Constitucional. Al Tribunal le corresponde definir si el tratado se ajusta a los principios fundamentales de la Carta Política de Colombia. De allí, el Gobierno hace el depósito de los instrumentos de ratificación ante el organismo internacional en donde se suscribió el convenio. Una vez resuelto este trámite, el documento adquiere plena vigencia en el territorio nacional. En el caso de los dos tratados de la OMPI, se requiere que en el ámbito internacional por lo menos 30 países lo hayan adherido para entrar en vigencia. Actualmente, en el primero van 19 y en el otro 20. La OMPI espera que antes de concluir el año, 30 naciones hayan ratificado ambos documentos. En ese instante se puede hablar de un instrumento internacional vigente.
Qué es la OMPI
La OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) es un organismo especializado en temas de derechos de autor y marcas registradas del sistema de Naciones Unidas, cuyo propósito fundamental es promover la protección de la propiedad intelectual en el mundo.
Su acción está enmarcada en dos ramas: los derechos de autor (que incluye obras literarias, musicales, artísticas y audiovisuales) y la propiedad industrial, que se refiere a los inventos, dibujos y modelos industriales, denominación de origen y marcas de fábrica y de comercio.
A la OMPI le ha correspondido dirimir los conflictos que se han generado por la propiedad de dominios de Internet.
Su sigla en inglés es WIPO (World Intellectual Property Organization). La dirección en Internet es www.wipo.org.

AFILIESE